La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió las impugnaciones del alcalde de Puebla, Eduardo Rivera Pérez, y de la Comisión estatal de Derechos Humanos (CDH), respecto el cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP).
En el caso de la acción de inconstitucionalidad promovida por la CDH, ésta fue admitida por el máximo tribunal de justicia de México, bajo el expediente 09/2022 y se encuentra en espera de turno para que se conozca el nombre del ministro que la analizará y propondrá una ponencia a sus pares.
El organismo encabezado por Félix Cerezo Vélez, impugnó la determinación del Congreso de Puebla, que el pasado 24 de diciembre aprobó el cobro del DAP para 144 municipios poblanos, al considerar que esta tarifa no es un derecho sino un impuesto, y vulnera las garantías individuales de los ciudadanos.
En tanto que la controversia constitucional promovida por el Ayuntamiento de Puebla, fue admitida en el expediente 14/2022 y con ella se busca que el Congreso estatal permita al gobierno de la capital cobrar el DAP, tal como lo hizo con otras 144 demarcaciones.















