La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó la solicitud de atracción hecha por la familia Jenkins para estudiar la reapertura de la carpeta que terminó en diversas órdenes de aprehensión por el delito de lavado de dinero solicitada por la Fiscalía General de la República.
El alto tribunal determinó que el litigio por el presunto desvío de 14 mil millones de pesos de la Fundación Mary Street Jenkins volverá al Décimo Tribunal Colegiado en materia penal para su resolución.
El asunto fue promovido por Elodia Sofía de Landa Irizar, Margarita Jenkins de Landa, María Elodia Jenkins de Landa, Juan Guillermo Eustace Jenkins, Juan Carlos y Roberto Jenkins de Landa, en contra de la decisión de la Fiscalía General de la República (FGR) de reactivar el caso, en julio de 2020.
Tras ello se libraron órdenes de aprehensión contra los seis integrantes de la familia, quienes entonces pidieron a la SCJN atraer su amparo.
La resolución de esta semana se dio por parte de los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz-Mena y Norma Lucía Piña Hernández. La ausencia de Margarita Ríos-Farjat y sólo el voto a favor de Juan Luis González Alcántara Carrancá, fue definitoria para que la Suprema se determinara como no competente para este caso.
Barbosa: el asunto no está terminado
Ante el reciente fallo de la SCJN, el gobernador Miguel Barbosa expuso que el tema no está resuelto y queda en manos de las autoridades federales y locales, por lo que la ley “solamente se está volviendo a aplicar”.
“El tema no está resuelto, eso es lo que significa la resolución de ayer. Se señala por todo lo que dijeron los Jenkins y Luis Ernesto Derbez sobre este tema. La ley solamente se está volviendo a aplicar”, sostuvo.
Barbosa recordó que los integrantes de la familia Jenkins son presuntos responsables de delitos cometidos en contra de la Fundación Mary Street Jenkins y manejaban esa entidad como si fuera su patrimonio propio.
Señaló que los Jenkins y sus abogados señalaban que iban a ganar el litigio, pero al no atraerlo la Corte, queda en manos de la Fiscalía General de la República y de las autoridades del Fuero Común para su consecución y resolución.












